10 de noviembre de 2008

El concepto de arrendar con Seguro.






Es un seguro que paga al propietario la o las rentas atrasadas (según corresponda), ante el incumplimiento del arrendatario.

La cobertura incluye los siguientes Beneficios:

• Representación Legal Simple: el servicio de cobranza temprana extra judicial en caso de falta de pago de la renta, el cual consistirá en llamados telefónicos y envío de carta de cobranza al arrendatario y a su co-deudor solidario, en los plazos y en la forma que se indican en la Póliza.

• Representación Judicial: la defensa y reclamación de los intereses del Asegurado como arrendador, en relación con la presentación y tramitación de la acción de terminación del contrato de arrendamiento por falta de pago de la renta y cobro de las rentas insolutas, de la forma que se señalen en la Póliza

• Desalojo del Arrendatario o el pago de los meses de rentas impagas (lo que suceda primero) según tipo de Póliza contratada:


- Plan A : Hasta 3 meses de Rentas

- Plan B: Hasta 6 meses de Rentas


La idea de este seguro es que la inversión realizada por el Arrendador sea mínima, por lo que se considera INVERTIR el mes de Garantía entregado por el arrendatario como parte del financiamiento (que por lo general no es guardado por el arrendador, si no más bien se lo gasta).


IMPORTANTE :
No podrán ser materia de este seguro y quedarán siempre excluidos de la cobertura, los contratos de arriendo de inmuebles destinados al uso comercial y en los que figurare como arrendatario el fisco o algún organismo público.




La Aseguradora es





El número de Póliza ingresada en la es POL107067.




La corredora de seguros a cargo de comercializar este seguro es
Puede solicitar más información a ventas@arriendaseguro.cl